Este lunes 14 de mayo, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió un comunicado en el que informa su decisión sobre el derecho a la identidad de las personas trans y el matrimonio entre personas del mismo sexo. Esto después de verse obligado por la Opinión Consultiva #24, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), a establecer algún mecanismo para reconocer los derechos de esta población.
En la resolución del TSE, se indica que se tomarán dos medidas sobre las personas trans: eliminarán de las cédulas de identidad el sexo registral y permitirán el cambio de nombre. En cuanto al matrimonio entre personas del mismo sexo, indican que ellos no tomarán ninguna acción por no poder “dictar lineamientos”.
Una conquista parcial
De primera entrada, muchos activistas celebran el avance a que el Estado ya no ponga limitantes al cambio de nombre por identidad de género. Y no es en vano, pues la lucha por el reconocimiento de identidad ante el gobierno costarricense ha sido larga y dolorosa.
Hasta hace unos años se reconoció el derecho a la imagen de las personas trans en su cédula de identidad. Recientemente ya existe un reglamento claro sobre el uso del “Conocido como” para las personas trans, y finalmente, de cumplirse lo prometido, ya se podrá hacer el cambio legal del nombre sin mediaciones ante tribunales de justicia, de manera gratuita y expedita, como debe ser.
Sin embargo, este cambio, si bien es un gran logro, encubre el desconocimiento del Estado de la identidad de las personas trans. Porque en la misma resolución del TSE, se indica que no acatarán la rectificación de género en los registros del estado como indicó la Corte IDH, sino que únicamente no lo consignarán en las cédulas de identidad.
Es decir, el Estado seguirá considerando a una persona como hombre o mujer, independientemente de su identidad vivida y sentida. Según esta resolución el Estado costarricense permitirá a cualquier persona cambiarse el nombre, pero nunca lo reconocerá según su género ante la ley. Por ejemplo seguirá tratando a las mujeres trans como “hombres” a nivel legal, del registro nacional y demás bases de datos.
Sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo, el TSE se desmarca con un argumento que no corresponde a la realidad, pues asegura que “no puede emitir lineamientos”; cuando a través de la OC24 (la cual está obligado acatar) ya estableció la ampliación de los derechos del matrimonio para las personas del mismo sexo.
Desde el Partido de los Trabajadores repudiamos la decisión del gobierno de negar la rectificación de sexo a las personas trans. De igual manera rechazamos el argumento emitido contra la implementación del matrimonio para personas del mismo sexo. Consideramos que ambas decisiones son completamente violatorias de los derechos y la dignidad humana.
Exigimos implementación inmediata de la rectificación del sexo registral para las personas trans, matrimonio entre personas del mismo sexo con la consecuente ampliación de todos sus derechos: herencia, adopción y otros.